Guía práctica

Cómo hacer la declaración de la renta 2026: guía paso a paso

Todo lo que necesitas para presentar la declaración del IRPF 2025 (campaña 2026): plazos del 8 de abril al 30 de junio, cómo acceder al borrador por Renta Web, documentación, deducciones clave y los errores más comunes que debes evitar.

Tipo: Guía práctica Lectura: 9 min Actualizado: 2026-07-07

Calendario de la campaña de la renta 2026

La campaña de la Renta 2025 (que se presenta en 2026) va del 8 de abril al 30 de junio de 2026. Estas son las fechas clave:

FechaHito
8 de abril de 2026Inicio de la campaña. Renta Web disponible para consultar y presentar online
29 de abril de 2026Apertura de citas para atención telefónica (Plan Le Llamamos)
6 de mayo de 2026Inicio de la atención telefónica
29 de mayo de 2026Apertura de citas para atención presencial
1 de junio de 2026Inicio de atención presencial en oficinas
25 de junio de 2026Último día para domiciliar el pago si te sale a pagar
30 de junio de 2026Fin de la campaña. Último día para todos los modelos

¿Quién está obligado a declarar en 2026?

Debes presentar la declaración si superas estos umbrales de ingresos en 2025:

  • Ingresos superiores a 22.000 € de un solo pagador.
  • Ingresos superiores a 15.876 € con dos o más pagadores, siempre que el segundo pagador haya aportado más de 1.500 €.
  • Rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos) y ganancias patrimoniales superiores a 1.600 €.
  • Rendimientos inmobiliarios imputados (segunda vivienda), cuentas bancarias o letras del Tesoro superiores a 1.000 €.
  • Autónomos: siempre obligados a declarar, independientemente de los ingresos.

Consejo: aunque no estés obligado, puede interesarte presentar la declaración si Hacienda te tiene que devolver dinero por retenciones, deducciones por maternidad o familia numerosa. Consulta siempre el borrador antes de decidir.

Documentación que necesitas antes de empezar

Reúne estos documentos antes de acceder a Renta Web:

  • DNI/NIE del declarante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Número de cuenta bancaria (IBAN) para recibir la devolución o domiciliar el pago.
  • Certificados de retenciones de todos los pagadores (empresas, SEPE, mutuas).
  • Información de inmuebles: referencias catastrales, recibos de IBI, contratos de alquiler.
  • Certificados de préstamos hipotecarios si tienes derecho a deducción por vivienda (solo si compraste antes de 2013).
  • Datos de inversiones: acciones, fondos, ETFs, criptomonedas, cuentas remuneradas.
  • Justificantes de gastos deducibles: donativos, planes de pensiones, reformas de eficiencia energética.

Cómo acceder al borrador en Renta Web

Opciones de identificación

Para acceder al borrador necesitas uno de estos sistemas:

  • Cl@ve PIN: el más usado. Regístrate gratis en clave.gob.es. Recibes un código por SMS para cada acceso.
  • Certificado digital: de la FNMT o DNI electrónico. La opción más segura para firmar electrónicamente.
  • Número de referencia (Reno): lo obtienes en la web de la AEAT con tu DNI, fecha de caducidad y la casilla 505 de la renta anterior o el IBAN de una cuenta a tu nombre.

Pasos para acceder al borrador

  1. Entra en sede.agenciatributaria.gob.es.
  2. Haz clic en «Renta 2025» o en «Servicio tramitación borrador/declaración (Renta WEB)».
  3. Identifícate con Cl@ve PIN, certificado digital o número de referencia.
  4. Selecciona «Actuar en nombre propio» y pulsa Confirmar.
  5. Revisa tus datos personales y familiares en la primera pantalla.
  6. Accederás al borrador con tus datos fiscales precumplimentados.

Paso a paso para presentar la declaración

  1. Accede a Renta Web con tu método de identificación preferido.
  2. Revisa todos los apartados: datos personales, rendimientos del trabajo (comprueba que estén todos tus pagadores), rendimientos del capital inmobiliario y mobiliario, ganancias y pérdidas patrimoniales.
  3. Aplica las deducciones que te correspondan: revisa las deducciones estatales (maternidad, familia numerosa, personas con discapacidad) y las autonómicas (varían según tu comunidad).
  4. Comprueba el resultado: la herramienta te muestra si sale a devolver, a pagar o cero. Si estás casado, prueba también la opción de declaración conjunta para ver cuál es más favorable.
  5. Confirma y presenta: si todo es correcto, pulsa «Presentar declaración». Puedes firmar con certificado digital o Cl@ve Firma.
  6. Guarda el justificante: tras presentar, recibirás un número de justificante. Descarga el PDF como comprobante.

Deducciones más importantes que no debes olvidar

DeducciónImporteRequisitos
MaternidadHasta 1.200 €/año por hijo menor de 3 añosMadres trabajadoras con hijos menores de 3 años
Familia numerosaHasta 1.200 € (general) o 2.400 € (especial)Título de familia numerosa en vigor
Personas con discapacidadVariable según gradoCertificado de discapacidad
Vivienda habitual15% de lo invertido (base máxima 9.040 €)Solo si compraste antes del 1 de enero de 2013
Planes de pensionesReducción en base, hasta 1.500 €Aportaciones individuales a planes de pensiones
Donativos80% primeros 250 €, 35-40% restoDonaciones a ONGs y entidades benéficas
Reforma eficiencia energética20-60% según tipo de reformaObras de mejora energética con certificado

Errores comunes que debes evitar

  • No revisar todos los pagadores: si has cambiado de trabajo en 2025, asegúrate de que ambos pagadores aparecen en el borrador. El segundo pagador es una de las causas más frecuentes de errores.
  • Olvidar deducciones autonómicas: cada comunidad tiene sus propias deducciones (alquiler, material escolar, guardería, etc.). Revísalas en la web de tu comunidad.
  • Confiar ciegamente en el borrador: el borrador lo elabora Hacienda con los datos que tiene, pero puede contener errores u omisiones. Eres tú el responsable de su veracidad.
  • No guardar el justificante: el PDF de confirmación es tu única prueba de que has presentado en plazo. Guárdalo al menos 4 años.
  • Presentar fuera de plazo: las sanciones por presentar fuera de plazo sin requerimiento van del 5% al 20% de la cuota, más intereses.

¿Te sale a pagar o a devolver? Qué hacer en cada caso

Si te sale a devolver

Verifica que el IBAN de la cuenta sea correcto. La AEAT suele ingresar en 48-72 horas si confirmas por Renta Directa, o en 1-2 semanas por Renta Web. Puedes consultar el estado de la devolución en la sede electrónica.

Si te sale a pagar

Tienes dos opciones: domiciliar el pago (hasta el 25 de junio) o generar un NRC (Número de Referencia Completo) para pagar online. Si domicilias, el cargo se hará efectivo el 30 de junio. También puedes solicitar fraccionamiento si lo necesitas.

Si te sale cero

Es el resultado fiscalmente más eficiente: no debes nada y Hacienda no te debe nada. Aun así, si has tenido retenciones puedes tener derecho a devolución. Revisa bien antes de confirmar.

Novedades del IRPF 2025 (campaña 2026)

  • SMI 2025: 1.221 €/mes en 14 pagas (17.094 €/año). Afecta al cálculo de retenciones.
  • Prestaciones por desempleo: el Real Decreto-ley 3/2026 modifica la obligación de declarar para perceptores del SEPE.
  • Deducciones por eficiencia energética: se mantienen las deducciones por obras de mejora en vivienda habitual (20-60%).
  • Renta Directa: ampliada a 9 millones de contribuyentes. Si tu declaración es sencilla, puedes confirmar en menos de 10 minutos sin revisar apartados.

Preguntas frecuentes

¿Puedo hacer la declaración sin Cl@ve ni certificado digital?

Sí. Puedes usar el número de referencia (Reno), que obtienes en la web de la AEAT con tu DNI y la casilla 505 de la renta anterior. También puedes pedir cita para el Plan Le Llamamos (teléfono) o atención presencial en oficinas.

¿Qué pasa si me equivoco al presentar?

Puedes presentar una declaración complementaria (modelo 100 complementario) para corregir errores. Si te ha salido a devolver menos de lo esperado o a pagar más de la cuenta, presenta la complementaria cuanto antes para minimizar intereses.

¿Cuándo llega la devolución de la renta?

La AEAT ingresa la devolución en un plazo que va desde 48 horas (Renta Directa) hasta varias semanas. Puedes consultar el estado en la sede electrónica con tu NIF y el número de justificante.

¿Declaración individual o conjunta?

Depende de tu situación familiar. Renta Web te muestra ambas opciones y la diferencia entre ellas. La conjunta suele beneficiar a familias con un solo perceptor de ingresos. Simula ambas y elige la más favorable.

¿Los autónomos tienen obligación de declarar?

Sí, siempre. Aunque tus ingresos sean inferiores a los umbrales generales, si estás dado de alta como autónomo debes presentar la declaración. Además, debes llevar contabilidad y declarar por estimación directa o módulos según tu actividad.

Dónde obtener ayuda oficial

La información oficial la encuentras en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT). Allí puedes acceder a Renta Web, consultar tu borrador, simular resultados y presentar la declaración. La atención telefónica (Plan Le Llamamos) y presencial son gratuitas. Desconfía de servicios privados de pago para trámites que la AEAT hace gratis.

Referencias

Fuentes útiles

Cuando una decisión puede cambiar, conviene contrastar el dato original.

Clara Molina

Autora

Clara Molina

Editora de guías prácticas

Clara coordina contenidos de vida diaria, aprendizaje y herramientas sencillas para que cada guía termine en una decisión clara.

Perfil: Edición de contenidos prácticos · Revisión de ejemplos paso a paso · Lenguaje claro para público general

Experiencia: Experiencia en contenido util para tramites, comparativas, hubs tematicos y piezas informacionales.

Actualizado: 2026-07-07 Criterio editorial Correcciones

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